PREGUNTA:

Videovigilancia: instalación muy frecuente de monitores de visualización del circuito en zona de comercios donde pueden ver las imágenes todos los clientes y trabajadores que acceden a la tienda. Suelen instalarse en esas zonas como elemento disuasorio. ¿Es sancionable que el monitor no esté en una zona de acceso controlado y restringido?

RESPUESTA:

El principio de proporcionalidad debe aplicarse también a la visualización de imágenes captadas con cámaras. Así, no concuerda con tal principio la opción de visionado por todos los vecinos de una comunidad de las imágenes de las cámaras en el portal a través de un canal de televisión. Tampoco lo sería la visualización indiscriminada instalando el monitor en una zona de acceso no restringido y controlado.