los afectados deberán de dirigirse a la dirección señalada en el cartel informativo a los efectos de poder ejercitar sus derechos, que coincidirá con el domicilio del responsable, pues así se dispone en el artículo 5 de la citada Ley Orgánica 15/1999, que sigue resultando aplicable a los ficheros creados a partir de las imágenes de las personas.los afectados deberán de dirigirse a la dirección señalada en el cartel informativo a los efectos de poder ejercitar sus derechos, que coincidirá con el domicilio del responsable, pues así se dispone en el artículo 5 de la citada Ley Orgánica 15/1999, que sigue resultando aplicable a los ficheros creados a partir de las imágenes de las personas.