Así lo explica en su artículo del pasado 2 de marzo el Diari de Girona, citando fuentes de la Agencia española de Protección de Datos (AEPD).Así lo explica en su artículo del pasado 2 de marzo el Diari de Girona, citando fuentes de la Agencia española de Protección de Datos (AEPD).
Tal como se explica en el artículo, según las cifras registradas por la AEPD, en la demarcación de Girona había 4.184 ficheros registrados en fecha de 2 de febrero de 2015 (4120 de titularidad privada y 64 pública), cuando en febrero de 2012, había 2.443 ficheros registrados.
El artículo también incide en los límites y obligaciones aplicables a estos dispositivos, como son entre otros, que las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no pueden obtener imágenes de espacios públicos; la obligación de notificar el fichero de videovigilancia a la AEPD; informar a través de carteles de la existencia de videocámaras; etc.
Por ello recomendamos nuevamente revisar el apartado “Obligaciones” de nuestra web, así como las entradas de nuestro “Blog” para saber qué debe hacerse para cumplir con la normativa de privacidad aplicable a estas instalaciones.
Tal como se explica en el artículo, según las cifras registradas por la AEPD, en la demarcación de Girona había 4.184 ficheros registrados en fecha de 2 de febrero de 2015 (4120 de titularidad privada y 64 pública), cuando en febrero de 2012, había 2.443 ficheros registrados.
El artículo también incide en los límites y obligaciones aplicables a estos dispositivos, como son entre otros, que las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no pueden obtener imágenes de espacios públicos; la obligación de notificar el fichero de videovigilancia a la AEPD; informar a través de carteles de la existencia de videocámaras; etc.
Por ello recomendamos nuevamente revisar el apartado “Obligaciones” de nuestra web, así como las entradas de nuestro “Blog” para saber qué debe hacerse para cumplir con la normativa de privacidad aplicable a estas instalaciones.