Esa es la respuesta dada por la AEPD  a una consulta al respecto con motivo de la celebración de la 5ª Sesión Anual Abierta de la Agencia Española de Protección de Datos, celebrada el pasado 26 de abril.
En concreto la pregunta y la respuesta fue la siguiente:Esa es la respuesta dada por la AEPD  a una consulta al respecto con motivo de la celebración de la 5ª Sesión Anual Abierta de la Agencia Española de Protección de Datos, celebrada el pasado 26 de abril.
En concreto la pregunta y la respuesta fue la siguiente:

En sistemas de videovigilancia activada por sensores de movimiento, (alarmas con captación de imágenes o videograbaciones), ¿es necesario notificar los ficheros a la AGPD, y poner cartel informativo si no se graba continuamente, sino que solo graba en el momento que se activa la alarma, ante un intruso o fuera del horario laboral?

Sí, en todo caso al no resultar aplicable la excepción prevista en la Instrucción 1/2006, que dispone que “7.2. A estos efectos, no se considerará fichero el tratamiento consistente exclusivamente en la reproducción o emisión de imágenes en tiempo real”.
En consecuencia, el régimen vigente resulta aplicable con independencia de la concurrencia del suceso o incidencia que ponga en marcha el sistema de grabación de imágenes, incluido también el deber de informar mediante “cartel informativo”.
En sistemas de videovigilancia activada por sensores de movimiento, (alarmas con captación de imágenes o videograbaciones), ¿es necesario notificar los ficheros a la AGPD, y poner cartel informativo si no se graba continuamente, sino que solo graba en el momento que se activa la alarma, ante un intruso o fuera del horario laboral?

Sí, en todo caso al no resultar aplicable la excepción prevista en la Instrucción 1/2006, que dispone que “7.2. A estos efectos, no se considerará fichero el tratamiento consistente exclusivamente en la reproducción o emisión de imágenes en tiempo real”.
En consecuencia, el régimen vigente resulta aplicable con independencia de la concurrencia del suceso o incidencia que ponga en marcha el sistema de grabación de imágenes, incluido también el deber de informar mediante “cartel informativo”.